Las comunidades de vecinos a menudo se enfrentan a situaciones molestas, como animales en condiciones inapropiadas, instalación incorrecta de aires acondicionados o actividades ilegales dentro de una vivienda. Según el artículo séptimo de la Ley de propiedad horizontal, se consideran actividades molestas aquellas prohibidas por los estatutos y que causen daños a la finca, haciendo